1. Ámbito de aplicación
- Estas Condiciones Generales de Contratación (CGC) se aplican a todos los contratos, entregas y demás prestaciones entre ARBD Möbelvertrieb GmbH & Co. KG, Oeynhausener Str. 46, 32584 Löhne, Alemania (en lo sucesivo, el "Vendedor") y sus clientes (en lo sucesivo, el "Comprador").
- La oferta se dirige exclusivamente a empresarios en el sentido del art. 14 del BGB (B2B). Queda excluida la celebración de contratos con consumidores.
- Las condiciones divergentes o contrarias del Comprador solo serán válidas si el Vendedor ha aceptado expresamente por escrito su validez.
2. Ofertas y celebración del contrato
- Todas las ofertas del Vendedor son sin compromiso y no vinculantes, salvo que se indiquen expresamente como vinculantes.
- El contrato se perfecciona tan pronto como el Vendedor confirma por escrito (p. ej., por correo electrónico) un pedido del Comprador o pone la mercancía a disposición para su recogida.
- Las indicaciones sobre productos (p. ej., medidas, ilustraciones, colores, pesos, datos técnicos) son en principio aproximadas, en la medida en que no se haya acordado expresamente una calidad vinculante. Se reservan las desviaciones habituales en el comercio.
3. Precios, condiciones de pago
- Serán de aplicación los precios indicados en la oferta o en la confirmación de pedido. Todos los precios se entienden netos, más el IVA legal vigente en cada momento, salvo indicación en contrario.
- Salvo pacto en contrario, un anticipo del 50 % del valor del pedido vence inmediatamente después de la confirmación del pedido. El importe restante deberá abonarse antes de la recogida/entrega de la mercancía.
- Hasta que no se haya efectuado el pago completo, el Vendedor no está obligado a poner la mercancía a disposición para su recogida.
- En caso de mora en el pago, el Vendedor tendrá derecho a cobrar intereses de demora en la cuantía legal (art. 288 BGB). Se reserva el derecho a reclamar otros daños por mora.
4. Entrega, plazos de entrega, entregas parciales
- Salvo pacto en contrario, la entrega se realiza desde el almacén del Vendedor; la mercancía será recogida por el propio Comprador.
- Los plazos de entrega y las fechas de puesta a disposición solo serán vinculantes si el Vendedor las ha confirmado expresamente por escrito como vinculantes.
- El Vendedor tiene derecho a realizar entregas parciales, siempre que ello sea razonable para el Comprador.
- Los casos de fuerza mayor (p. ej., catástrofes naturales, huelgas, medidas oficiales, perturbaciones en las cadenas de suministro, escasez de energía/materias primas) facultan al Vendedor a aplazar la puesta a disposición por la duración del impedimento más un plazo de puesta en marcha razonable.
5. Transmisión del riesgo, recogida, embalaje
- El riesgo de pérdida fortuita o deterioro fortuito de la mercancía se transmite al Comprador con la entrega de la mercancía al Comprador o a su representante en el almacén/lugar de recogida.
- El Comprador es responsable de la carga, la sujeción de la carga y el transporte. Las prestaciones de apoyo del Vendedor se realizan sin asunción de responsabilidad, en la medida en que la ley lo permita.
- Los costes de embalaje se facturarán por separado, salvo acuerdo expreso en contrario.
6. Reserva de dominio
- El Vendedor se reserva la propiedad de la mercancía entregada hasta el pago completo de todos los créditos derivados de la relación comercial (reserva de dominio ampliada).
- El Comprador está obligado a tratar con cuidado la mercancía sujeta a reserva de dominio.
- El Comprador podrá revender la mercancía sujeta a reserva de dominio en el curso ordinario de los negocios. Los créditos frente a terceros que de ello se deriven los cede el Comprador desde ahora al Vendedor por el importe del valor de la factura. El Vendedor acepta la cesión.
7. Obligación de examen y reclamación (B2B)
- El Comprador deberá examinar la mercancía sin demora tras la entrega (art. 377 HGB).
- Los defectos evidentes, entregas erróneas o daños deberán reclamarse sin demora, a más tardar dentro de un plazo de 5 días laborables tras la entrega, por escrito; los defectos ocultos deberán reclamarse sin demora tras su descubrimiento.
- Si el Comprador no formula la reclamación en plazo, la mercancía se considerará aceptada.
8. Garantía (B2B)
- En caso de reclamación justificada y formulada en plazo, el Vendedor prestará cumplimiento posterior a su elección mediante subsanación o entrega de sustitución.
- Si el cumplimiento posterior fracasa o no es razonable para el Comprador, este podrá, conforme a las disposiciones legales, reducir el precio o, si se cumplen los requisitos legales, resolver el contrato.
- El plazo de garantía en operaciones B2B es, en la medida en que la ley lo permita, de 12 meses a partir de la transmisión del riesgo.
- No existirá garantía por daños derivados de un uso inadecuado, montaje, almacenamiento o cuidado incorrectos, desgaste normal o intervenciones de terceros.
9. Responsabilidad
- El Vendedor responde de forma ilimitada en caso de dolo y negligencia grave, así como por lesiones a la vida, la integridad física o la salud.
- En caso de incumplimiento por negligencia leve de obligaciones contractuales esenciales (obligaciones cardinales), la responsabilidad se limita al daño típico del contrato y previsible.
- Por lo demás, la responsabilidad queda excluida en la medida en que la ley lo permita. La responsabilidad conforme a la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos permanece inalterada.
10. Devolución y envíos de retorno
- No existe un derecho de devolución voluntario.
- Los envíos de retorno requieren la previa autorización escrita del Vendedor.
- Los costes y el riesgo del envío de retorno correrán a cargo del Comprador, salvo que el envío de retorno se deba a un defecto imputable al Vendedor.
11. Compensación, derecho de retención
- El Comprador solo podrá compensar con créditos que sean indiscutidos o hayan sido declarados firmes por sentencia.
- El Comprador solo tendrá derecho de retención en la medida en que se base en la misma relación contractual.
12. Protección de datos
El Vendedor trata datos personales en el marco de las disposiciones legales. Encontrará más información en la declaración de protección de datos.
13. Lugar de cumplimiento, fuero competente, derecho aplicable
- El lugar de cumplimiento es el domicilio social del Vendedor, salvo pacto en contrario.
- El fuero competente para todas las controversias derivadas de la relación comercial es, en la medida en que esté permitido, el domicilio social del Vendedor.
- Será de aplicación el Derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
14. Disposiciones finales
- Las modificaciones y complementos deberán realizarse por escrito, en la medida en que la ley no exija una forma más estricta.
- Si alguna disposición de estas CGC fuera total o parcialmente inválida o llegara a serlo, la validez de las restantes disposiciones no se verá afectada.